ACTIVIDAD II
1-Elaboración de un cuadro comparativo entre los aportes en numerario y aportes en naturaleza.
APORTES | |
NUMERARIO | NATURALEZA |
Significa aportar dinero en efectivo, dinero liquido, regularmente depositados en una cuenta bancaria por los socios en una sociedad comercial. Se hace una única asamblea. Se harán constar por escritura, según los estatutos o contrato de sociedad. Se constatarán mediante un comprobante de suscripción que deberá ser firmado por los fundadores y el suscriptor con indicación de sus generales. Deberá hacerse una declaración notarial de la veracidad de los aportes realizados, haciendo entrega al notario de un ejemplar de los Estatutos sociales, de la Lista de Suscriptores y el Estado de Pago de las Acciones. Deberán ser íntegramente pagadas cuando sean suscritas. Se deberán justificar con la entrega de comprobantes de su depósito en cuentas bancarias a favor de la empresa en formación. | Significa aportar bienes muebles o inmuebles propiedad del a portante, quien cede su pertenencia, para ser colocados o traspasado a nombre de la compañía en formación; dichos bienes salen del patrimonio original para formar parte del patrimonio colectivo en la compañía formada. Se hacen dos Asambleas Generales Constitutivas: la primera se aprobará la Declaración Notarial y se designará a un Comisario de Aportes, encargado de verificar el valor y la veracidad de los aportes. El Comisario tendrá la obligación de entregar el informe de esos aportes cinco días antes de la celebración de la Segunda Asamblea General Constitutiva. Deberán ser evaluados en los mismos estatutos, sobre la base del informe de un comisario de aportes designado a unanimidad por los futuros socios, o, en su defecto, y a instancia del socio más diligente, por un auto dictado por el juez presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial correspondiente (Art. 94) Son objeto del cumplimiento de las formalidades correspondientes a las modificaciones de los estatutos sociales, en las sociedades anónimas. Debe insertarse un inventario descriptivo de los aportes realizados. Se comprobarán con la presentación de los documentos pertinentes que constaten los derechos sobre los mismos y la entrega de un informe sobre su consistencia y valor estimado preparado por un contador público autorizado. |
2-Prepara un listado que muestre los requisitos exigidos por la DGII para el registro de los aportes en naturaleza y en numerario.
Las Sociedades que soliciten RNC, con Aportes en Naturaleza, tienen que cumplir con los siguientes requisitos:
Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) y anexos correspondientes.
Copia de Certificados de Títulos o documentos que establezcan la propiedad del bien aportado.
Declaración del Impuesto a la Propiedad inmobiliaria (IPI), sólo para casos de aportes de inmuebles.
Anexo C: Aportes en Naturaleza
El anexo C está dirigido a los aportes en naturaleza de bienes sujetos a registro (vehículos e inmuebles).
En el primer apartado se debe indicar la denominación social y RNC de la sociedad que recibe el aporte, el monto total del aporte y las fechas de la primera y segunda asambleas. Los montos de los aportes deben ser expresados en pesos dominicanos y no pueden ser inferiores a los avalúos realizados por la Dirección General de Impuestos Internos (véase la Norma General 2-98 de fecha 8 de enero del año
1998).
Para Sociedades Comerciales con Aporte en Naturaleza de Bienes Sujeto a Registro (13) debe anexarse el Informe del Comisarios de Aportes. Se debe anexar copia de Certificado de Título (inmueble) o copia matrícula (vehículo), copia del informe comisario (inmuebles).
Las Sociedades que solicitan RNC, con Aportes en Numerario, tienen que cumplir con los siguientes requisitos:
· Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) y anexos correspondientes.
Las Sociedades de Hecho y en Participación, tienen que cumplir con el siguiente requisito:
· Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02).
Las Sociedades Extranjeras tienen que cumplir con los siguientes requisitos:
· Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) y anexos correspondientes.
Las Sociedades Extranjeras cuando desean adquirir inmuebles, tienen que cumplir con los siguientes requisitos:
· Formulario Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02).
· Copia de los Documentos constitutivos de la Sociedad en el Extranjero, legalizado por el Consulado Dominicano del País de origen.
· Copia del Contrato del Inmueble debidamente firmado.
· Documentos traducidos al Idioma Español (si aplica).
3-Enlista los requisitos exigidos por la ley de sociedades para desempeñar el rol de administrador o gerente de una sociedad comercial.
Las sociedades comerciales serán administradas por uno o varios mandatarios, asalariados o gratuitos, que podrán ser o no socios.
Los administradores de una sociedad comercial lo puede ser tanto una persona física, como una persona jurídica, en este caso la persona jurídica tiene que ser nombrada por una persona física para que pueda ser representada.
Por tanto los requisitos son los siguientes:
o Para ser nombrado administrador de una sociedad comercial, debe cumplir con los estatutos de la sociedad comercial.
o Así mismo deberán ser personas que nos hayan quebrados y concursados no rehabilitado en alguna otra institución.
o También deberán ser mayores de edad y capacitados.
o No pueden ser personas que huyan sido condenados por grave incumplimiento de leyes o disposiciones sociales
o No pueden ser funcionarios al servicio de la administración con funciones a su cargo que se relacione con las actividades propias de las sociedades de que se traste.
4-Identifica las responsabilidades de los gerentes de una sociedad comercial.
Los gerente o administradores, según el tipo de sociedad, será responsable de establecer y aprobar las políticas, los procedimientos y los controles necesarios y en el informe de gestión, así como la calidad de la información financiera que sirva de base para la preparación de los estados financieros y la que se entregue a las entidades gubernamentales, accionista o terceros.
Son responsables por la razonabilidad de la información financiera y debe prestar una declaración jurada de su responsabilidad sobre los estados financie ros, el informe de gestión y el control interno de la sociedad.
Además serán responsables del perjuicio causado por las omisiones o irregularidades a que se refiere el Artículo 18. (Mod. por la Ley 31-11).
Tendrá que realizar:
La modificación de la denominación social, seguida SRL.
La indicación de la adopción de la modalidad de Sociedad de la Responsabilidad Limitada.
La designación de poderes, atribuciones, incompatibilidades y prohibiciones de la gerencia.
La forma en que se realiza la cesión trasmisión de las partes sociales, (cuotas).
Las formas en que los socios tomaran las decisiones (podrán ser mediante asamblea general, consulta escrita o acuerdo unánime).
La fecha de cierre del ejercicio social.
5-Elaborar un informe de gestión anual de un gerente de una SRL.
Los administradores o gerentes deben, al cierre de cada ejercicio, sancionar los estados financieros de la sociedad y preparar un informe de gestión anual para el ejercicio transcurrido.
En otra palabra deben rendir cuenta sobre las operaciones y de los resultados de las sociedades subordinadas.
El informe de gestión anual es presentado a la junta general, en el deben señalar las irregularidades e inexactitudes que hayan notado en los inventarios, y si hubieres lugar a ello, acreditar los motivos que se oponen a las distribuciones de dividendos propuesta por el gerente.
Al cierre de cada ejercicio, deben sancionar los estados financieros de la sociedad y prepararan el informe para el ejercicio transcurrido.
o Este informe debe contener:
o Estados financieros.
o Una exposición detallada de la evolución de los negocios y la situación financiera y resultados de operaciones de la sociedad.
o Un detalle de las inversiones y la forma en que se realizaron.
o Las adquisiciones de las participaciones propias.
o Las operaciones realizadas con sus filiales y subsidiaras.
o Una descripción de los eventos subsecuentes ocurridos entre la fecha del cierre del ejercicio y la fecha de preparación del informe de gestión que pudiesen afectar significativamente la situación financiera de la sociedad, con su justificación contable.
o Todas las transacciones entre partes vinculadas.
o Las localidades en que operan la sociedad.
o Los factores de riesgo y los procesos legales en curso.
o Los miembros de los órganos de gestión y administración.
Cuando en el curso de un ejercicio una sociedad haya asumido el control de otra, en las condiciones referidas precedentemente o haya tomado una participación en el capital de otra, se hará mención de esa situación en el informe de gestión anual.
Los estados financieros y el informe de gestión anual estarán disponibles para los socios en el domicilio social, por lo menos quince (15) días antes de la asamblea general de los socios llamada a estatuir sobre los mismos. En adición, estas informaciones serán publicadas, con acceso restringido o no, en la página Web de la sociedad, si la tuviere.
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